La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que exige a los empleadores la publicación de vacantes con sueldos visibles y reconoce la transparencia salarial como un derecho fundamental está próxima a ser discutida en la Cámara de Diputados.
El dictamen fue aprobado el 11 de febrero en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y está listo para su votación en el pleno.
Este dictamen recoge cuatro propuestas presentadas el año anterior por legisladores de Morena, PAN y Movimiento Ciudadano, con el objetivo de introducir disposiciones en la LFT que aseguren la transparencia salarial desde el proceso de reclutamiento y dentro de las organizaciones.
En el dictamen se señala la existencia de un vacío normativo en la legislación actual, especialmente en la fase previa a la contratación. La falta de reglas claras sobre cómo presentar las ofertas de empleo podría generar incertidumbre para quienes buscan trabajo. La opacidad respecto a las percepciones salariales, prestaciones, responsabilidades y las condiciones reales del puesto a desempeñar puede llevar, en muchos casos, a abusos y desigualdades salariales injustas.
La comisión también destaca que, aunque la Ley Federal del Trabajo establece la igualdad sustantiva como un derecho y prohíbe la discriminación, no se especifica de manera clara cómo se debe determinar esta igualdad en las condiciones laborales, incluyendo la remuneración.
A continuación, se presentan las claves de la reforma de transparencia salarial que se discuten en la Cámara de Diputados:
1. Reconocimiento de la transparencia salarial como un derecho laboral fundamental.
2. Nulidad de cualquier cláusula que impida el acceso a la información sobre las estructuras retributivas o que establezca un salario y prestaciones inferiores a los ofrecidos en la oferta de empleo.
3. Inclusión en los contratos de trabajo de las escalas o rangos retributivos aplicables al puesto y los factores que incidan en la modificación de la remuneración.
4. Uso de criterios objetivos y transparentes, fundamentados en el valor equivalente del trabajo desempeñado, para garantizar la igualdad salarial.
5. Disponibilidad de información para los trabajadores sobre las estructuras salariales y los criterios utilizados para determinar la remuneración.
6. Prohibición de que los empleadores publiquen vacantes sin mencionar salario y prestaciones.
7. Prohibición de modificaciones unilaterales a las condiciones salariales y prestaciones después de la contratación.
8. Obligatoriedad para las empresas de compartir información sobre escalas salariales y criterios de determinación de salarios o rangos de remuneración en un puesto o categoría similar, cuando sea solicitado por el trabajador.
9. Inclusión en los reglamentos internos de trabajo de normas que regulen el acceso a la transparencia salarial.
Se establece un plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor de la reforma, para que las empresas adapten su normativa interna a las nuevas disposiciones.
Cabe destacar que la reforma no contempla excepciones según el tamaño de la empresa o su actividad, lo que significa que su aplicación será general para todos los centros de trabajo.
La reforma que se analiza en la Cámara de Diputados también contempla prohibir a los trabajadores la difusión de la información salarial del resto de sus compañeros, con excepción de cuando se trate de verificar la igualdad salarial o por requerimiento de la autoridad.
En ese sentido, se busca sumar como causa de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el empleador el mal uso que los trabajadores le den a la información obtenida a través de la transparencia salarial, o cuando a través de este conocimiento, se busque causar un daño a la empresa o al resto de los empleados.
Esto significa que el mal uso de la transparencia salarial podría derivar en un despido sin derecho a indemnización.